Acuerdos de la Conferencia de Berlín (26 de
Febrero de 1885)
Disposiciones relativas a la protección de los nativos, de misioneros y
los nómadas, así como en relación a la libertad religiosa.
Artículo VI
Todas las potencias que ejercen
derechos de soberanía o influencia en los territorios antes mencionados se
comprometen a velar por la preservación de las tribus nativas, y para atender a
la mejora de las condiciones de su moral y el bienestar material, y para ayudar
en la supresión de la esclavitud, y especialmente el comercio de esclavos. Los
Estados miembros, sin distinción de credo o de nación, protegerán y favorecerán
a todas las instituciones religiosas, científicas o de beneficencia y de las
empresas creadas y organizadas para los objetivos arriba mencionados, o que
tienen como objetivo instruir a los nativos y traer a estas tierras las
bendiciones de la civilización. Los misioneros cristianos, los científicos y
los exploradores, serán igualmente objeto de protección especial. La libertad
de conciencia y la tolerancia religiosa están expresamente garantizados a los
nativos, no menos que a los sujetos y a los extranjeros. El ejercicio libre y
público de todas las formas del culto divino, y el derecho a construir
edificios con fines religiosos, y la organización de misiones religiosas que
pertenecen a todos los credos, no podrá ser limitado de manera alguna.
(…)
CAPÍTULO II
Declaración relativa al comercio
de esclavos
Artículo IX
Al ver que el comercio de
esclavos está prohibido en conformidad con los principios del derecho
internacional reconocido por las potencias signatarias, y viendo también que
las operaciones que, por mar o por tierra, proporcionan esclavos para el
comercio, también deben ser considerados como prohibidos, se declara que estos
territorios no pueden servir como un mercado o un medio de transporte para el
comercio de esclavos, de cualquier raza que sean. Cada una de las potencias se
obliga a emplear todos los medios a su alcance para poner fin a este comercio y
para castigar a quienes incurran en él.
No hay comentarios:
Publicar un comentario