ESPAÑOLES:
Las circunstancias extraordinarias y críticas por que atraviesa España entera;
la anarquía que se ha apoderado de las ciudades y los campos, con riesgos
evidentes de la Patria, amenazada por el enemigo exterior, hacen imprescindible
el que no se pierda un solo momento y que el Ejército, si ha de ser salvaguardia
de la Nación, tome a su cargo la dirección del país, para entregarlo más tarde,
cuando la tranquilidad y el orden estén restablecidos, a los elementos civiles
preparados para ello. En su virtud y hecho cargo del mando de esta División,
ORDENO
Y MANDO
Primero.-
Queda declarado el estado de guerra en todo el territorio de esta División.
Segundo.-
Queda prohibido terminantemente el derecho a la huelga. Serán juzgados en
juicio sumarísimo y pasados por las armas, los directivos de los Sindicatos, cuyas
organizaciones vayan a la huelga o no se reintegrasen al trabajo los que se
encuentren en tal situación a la hora de entrar el día de mañana.
Espero
del patriotismo de todos los españoles, que no tendré que tomar ninguna de las
medidas indicadas en bien de la Patria y de la República.
Sevilla,
a 18 de julio de 1936
El
general de la División: GONZALO QUEIPO DE LLANO
Bando de Estado de Guerra de 18 de julio de
1936, Sevilla
1. Resuma con brevedad el
contenido del texto.
2. Señale las ideas fundamentales
del texto.
3. Responda a la siguiente
cuestión. La Guerra Civil: la sublevación militar y el estallido de la guerra.
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